PORTADA     PRESIDENCIA     REPRESENTANTES     COMISIONES     SECRETARÍA     ASAMBLEA LEGISLATIVA     COMUNICADOS Y PRENSA       

 HON. JORGE NAVARRO SUÁREZ    Distrito Núm: 05 /Distrito 5 (San Juan 5, Guaynabo 6)

BIOGRAFÍA
Foto de Hon. Jorge Navarro Suárez El representante por el Distrito 2 Jorge Luis Navarro Suárez, nació el 8 de julio de 1964, en San Juan, Puerto Rico. Estudio en el sistema de escuelas públicas de Puerto Rico y terminó los estudios superiores en la escuela University Gardens.

Posteriormente, estudió Banca, terminando un Bachillerato en Gerencia y Finanzas de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Bayamón.

Jorge, quien es hijo del fallecido político puertorriqueño, Georgie Navarro y de Nitza Suárez, es el segundo de 5 hijos. Siempre sobresalió en los deportes y jugó baloncesto durante toda su vida estudiantil universitaria.

Más tarde trabajó en la empresa privada, como gerente en la cadena de supermercados Pueblo y fue ayudante especial del entonces secretario de comercio, Juan F. Woldroff, colaborando en proyectos de impacto laboral como Vale Empleo, entre otros. También, fue subdirector del programa empresarial federal adscrito al Banco de Desarrollo, Minority Business Opportunity of Comerce, ayudando a pequeños negocios a lograr su óptimo desarrollo empresarial.

En el 2004, Jorge ganó las elecciones generales para el Distrito 5 San Juan – Guaynabo 6, llegando así a la Legislatura. Nació y creció en el Precinto 5 de San Juan, el cual conoce a la perfección. En las elecciones del 2008 revalidó como Representante del Distrito San Juan 5 y Guaynabo 6.

Navarro siempre ha visto el servicio público como una vocación de amor y respeto al pueblo. Jorge es un hombre de convicciones y metas altas. Fuera de la Legislatura, Jorge es un hombre sencillo, padre, fanático de los deportes y de la naturaleza.

PROYECTOS DE LEY (TOTAL: 18)
Medida: P C1236 Radicada: 6/10/2013
Para enmendar los incisos (d) y (e) del Artículo 5.2 de la Ley 1-2013, conocida como "Ley de Empleos Ahora", a los fines de requerir que el Director Ejecutivo de la Compañía de Comercio y Exportación publique informes trimestrales en su portal de Internet que detallen no sólo el número de nuevos empleos creados por la ley, sino también el costo de cada incentivo asociado con los mismos.

Medida: P C1187 Radicada: 5/15/2013
Para disponer que la Autoridad de Energía Eléctrica facturará y cobrará tarifa residencial al servicio de energía eléctrica utilizado por áreas comunes destinados a fines residenciales en urbanizaciones.

Medida: P C1148 Radicada: 5/13/2013
Para enmendar el apartado (G) del inciso (b)(1) y el apartado (M) del inciso (b)(2) del Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, a los fines de disponer que la Oficina de Gerencia y Presupuesto calculará la partida para pago del servicio de acueducto y alcantarillado en aquellas agencias cuyo presupuesto se nutre del Fondo General y que coordinará con el Departamento de Hacienda que la misma sea usada exclusivamente para ese fin y será remitida directamente a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillado mensualmente.

Medida: P C1098 Radicada: 5/2/2013
Para enmendar el inciso (l) de la Sección 6 de la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como la "Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico", con el propósito de establecer que al fijar tarifas, derechos, rentas y otros cargos por energía eléctrica, la Autoridad de Energía Eléctrica queda vedada de transferir a sus abonados cualquier costo asociado con el hurto de energía eléctrica.

Medida: P C1097 Radicada: 5/1/2013
Para enmendar los artículos 3.008, 19.002 y 19.005, y para añadir un nuevo Artículo 19.012-A a la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como "Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico", a los fines de otorgar a la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales la facultad de ordenar que un municipio sea puesto bajo administración de emergencia o bajo administración en sindicatura cuando, después de una auditoría, investigación, examen o inspección, se demuestre que el ayuntamiento exhibe una situación fiscal de tal naturaleza, que esté causando o pueda causar daño irreparable a los intereses del mismo y a los de la ciudadanía, o cuando el Alcalde, en su rol de máxima autoridad de la Rama Ejecutiva del gobierno municipal, incumpla con algunas de las facultades, funciones y deberes que expresamente se le delegaron por esta Ley o por cualquier otra Ley o por cualquier ordenanza o resolución municipal aplicable; y para otros fines relacionados.


INFORMACION CONTACTO
Dirección Física:
2do Piso
Anexo Ernesto Ramos Antonini


Oficina de Distrito:
Carr. 169 KM.9.2
Bo. Ríos, Sector La Muda
Guaynabo, PR.


TTY:
787-721-1109
Teléfono(s):
78-722-6040
Ext. 2415-2453

Fax:
787-723-4711

Email:
jnavarro@camaraderepresentantes.org