La representante Lourdes Ramos Rivera nació un 6 de agosto en el municipio de Juncos.
La legisladora Ramos se graduó con un bachillerato en Administración de Empresas, con una concentración de Secretaria Ejecutiva. Su experiencia laboral comenzó en el Municipio de Juncos, como secretaria de la Asamblea Municipal.
En 1993 fue nombrada por el gobernador Pedro Rosselló como comisionada de la Comisión de Asuntos de la Mujer.
Tras una exitosa campaña, el 26 de marzo de 1996 juró como Representante por Acumulación, convirtiéndose en la primera mujer de Juncos en alcanzar esa posición.
En 1997, el Comité de Acción Ciudadana del Municipio de Carolina le otorgó el premio Jesús T. Piñeiro. También, fue ganadora estatal del Club 4H en Administración del Hogar en el año 1976 y ha tenido participación activa campañas benéficas.
Ramos es representante por acumulación desde el 1996 hasta el presente y preside la Comisión de Sistemas de Retiro del Servicio Público.
La legisladora es miembro de las comisiones de Gobierno, Asuntos Municipales, Asuntos del Consumidor, Educación y Cultura y Cooperativismo.
2/13/2012 Decidida a romper con los estereotipos que rodean a la mujer en el deporte, la presidenta de la Cámara de Representantes, Jenniffer González Colón, inauguró la Speakers Cup. Este evento promueve la participación de la mujer en el béisbol, deporte tradicionalmente reseñado como uno varonil.
1/20/2012 La presidenta de la Cámara de Representantes, Jenniffer González Colón, anunció que la Comisión de Ética atenderá, inmediatamente, la querella radicada contra la representante Elizabeth Casado.
12/13/2011 El Banco Gubernamental de Fomento (BGF), condicionó hoy su apoyo a un proyecto que promovería la utilización de corredores-traficantes de valores operando en la isla por los Sistemas de Retiro de los empleados públicos, a que las comisiones y cargos que cobran los corredores-traficantes locales sean iguales o más bajas que los de otras instituciones.
Para enmendar el Artículo 2-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de establecer que cuando el aumento del tres (3) por ciento sea pagado por el patrono al Sistema de Retiro como parte de los costos de una Ventana o Programa de Retiro Temprano por Costo Actuarial, los participantes tendrán derecho al mismo y el costo del aumento trienal será con cargo al Sistema a tenor con lo cobrado por éste al patrono y para otros fines.
Para enmendar el Artículo 5.14 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como la Ley Orgánica para el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico, a los fines de que el Secretario de Educación pueda comenzar de inmediato el proceso de reclutamiento y nombramiento de todo personal docente que notifique su renuncia con sujeción a que dicha renuncia se convierta en final; el Secretario podrá hacer todas las gestiones de reclutamiento y nombramiento de dicho personal docente aún cuando la renuncia no sea final.
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 97 de 2 de julio de 2002, según enmendada, a los fines de que los participantes que fueron cesanteados y retiraron sus aportaciones del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que luego fueron reestablecidos en sus puestos ya sea por orden del Tribunal u otras circunstancias, que se acojan a los beneficios que concede esta Ley podrán, para ser elegibles a una pensión de mérito, acreditar los servicios no cotizados o la devolución de aportaciones retiradas, para acogerse a los beneficios de retiro que tenía el participante, a tenor con la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, siempre y cuando hayan ingresado por primera vez al Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en o antes del 1ro de abril de 1990, a la fecha en que retiró sus aportaciones; para disponer que los participantes que opten por acogerse al beneficio de plan de pago que concede el Artículo 1 de esta Ley, podrán acreditar todos los años de servicios no cotizados que sean necesarios y para reestablecer los efectos de la Ley Núm. 97 de 2 de julio de 2002, según enmendada, acorde con las disposiciones de esta Ley.
Para enmendar el Artículo 14 de la Ley Núm. 10 de 24 de mayo de 1989, según enmendada, conocida como Ley de Sistema de Lotería Adicional, a los fines de crear sorteos con el nombre de Mini Loto del Pensionado para aunar fondos que se utilizarán en un aumento a los pensionados del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus Instrumentalidades y los pensionados del Sistema de Retiro para Maestros; y para crear el Fondo Especial del Pensionado en el que se depositarán los ingresos provenientes de los sorteos de la Lotería Adicional con el nombre de Mini Loto del Pensionado; una Junta para administrar dicho Fondo y para otros fines.
Para ordenar al Rector del Recinto de Mayagüez de la Universidad de Puerto Rico, a realizar un estudio exhaustivo del recurso energético geotérmico disponible, en el área de Coamo y del Sur de Puerto Rico, para distintos usos pero con énfasis en la producción de energía eléctrica; y para que someta a la Asamblea Legislativa informes periódicos de progreso cada cuatro meses, a partir de la fecha de aprobación de esta medida. Dichos informes serán remitidos a las comisiones de Relaciones Federales y Asuntos del Veterano; Recursos Naturales, Ambiente y Energía; y Desarrollo Integrado de la Región Sur, de la Cámara de Representantes; y las comisiones de Recursos Naturales y Ambientales; Urbanismo e Infraestructura; y Relaciones Federales e Informática del Senado de Puerto Rico.
Para ordenar a la Administración de Asuntos Federales que promueva la plena inclusión de Puerto Rico, con los parámetros o algoritmos correctos basados en nuestra condición geográfica, en todos los estudios de alcance nacional que produzca el Servicio Geológico de los Estados Unidos de América (United States Geological Survey), y para que informe a la Asamblea Legislativa el resultado de sus gestiones.
Para ordenar al Departamento de Corrección y Rehabilitación transferir libre de costo, a la entidad Rosa Lydia Vélez Defensora Pro-Impedidos, Inc., las facilidades del antiguo Hogar Juvenil Guailí, ubicado en el Centro de Tratamiento Social de Guaynabo, a fin de que dicha organización sin fines de lucro, pueda desarrollar un Centro de Servicios para jóvenes adultos con impedimento cognoscitivo significativo.
Para ordenar a la Junta de Reestructuración y Estabilización Fiscal (JREF) a dejar sin efecto la Carta Circular Núm. 2009-16 de 2 de noviembre de 2009, a los fines de establecer que el cómputo de antigüedad de los empleados se realizará a partir de la fecha de efectividad de la cesantía y que se notifique una nueva Carta Circular estableciendo la fecha de cierre para que las Agencias verifiquen y actualicen la antigüedad de sus empleados en la Base de Datos Centralizada creada en OGP, a la efectividad de la cesantía, salvo que haya renunciado antes de dicha fecha.
Para ordenar a la Junta de Reestructuración y Estabilización Fiscal (JREF) a extender el término establecido de treinta (30), a sesenta (60) días, a partir de la fecha de notificación, para refutar o impugnar la antigüedad certificada mediante la Certificación de Antigüedad que sea emitida, de conformidad con el Artículo 37.04(b) (9) de la Ley Núm. 7 de 9 de marzo de 2009 y la Carta Circular Núm. 2009-11, sobre Directrices Para el Manejo y Trámite Uniforme de Impugnación de Fecha de Antigüedad de los Empleados Sujetos al Plan de Cesantías Dispuesto por la Ley Núm. 7 de 9 de mayo de 2009, y 2009-12 sobre Proceso de Recertificación de Antigüedad de los Empleados Sujetos al Plan de Cesantías.
Para añadir una Sección 20 al Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de establecer expresamente que el matrimonio es una institución civil constituida por la unión legal entre un hombre y una mujer, y que otras uniones distintas al matrimonio, independientemente de la denominación o lugar de procedencia, no tendrán los mismos efectos legales a los del matrimonio.
Para expresar el más enérgico rechazo y absoluto repudio de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a las nefastas, destempladas e insultantes expresiones del llamado Residente Calle 13, René Pérez, contra el Gobernador de Puerto Rico, Hon. Luis Fortuño Burset, durante la transmisión de los pasados Premios MTV 2009, los cuales laceraron la dignidad de toda la ciudadanía en la Isla.
Para, expresar en nombre del Pueblo de Puerto Rico, nuestro orgullo y beneplácito por el nombramiento de la Honorable Sonia Sotomayor como Jueza Asociada del Tribunal Supremo de Estados Unidos; respetuosamente, exhortar a todos los miembros del Senado de Estados Unidos y especialmente de la Comisión de lo Jurídico de ese augusto cuerpo, a que confirmen a la Hon. Sonia Sotomayor como Jueza Asociada del Tribunal Supremo de Estados Unidos, en consideración a su vasta experiencia judicial, sus cualidades humanas y raíces hispanas y los demás atributos que ésta brindaría al más alto foro judicial de la Nación; y para otros fines relacionados.
Para llevar a la atención del Presidente de los Estados Unidos de América la preocupación de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico sobre la disponibilidad de garantías a los residentes de Puerto Rico que poseen vehículos de motor manufacturados por la General Motors y Chrysler después de la implementación de los planes de rescate que se habrán de poner en efecto por el Gobierno Federal.
Para ordenar a la Comisión de Sistemas de Retiro del Servicio Público de la Cámara de Representantes, que realice una evaluación abarcadora sobre el procedimiento que se utilizó por la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado en la elección de sus delegados y su Junta de Directores.
Para ordenar a las Comisiones de Salud; y de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre un alegado esquema de fraude, llevado a cabo por ciertos empleados de la Oficina de la Primera Dama del Municipio de Juncos, en perjuicio de los participantes del Programa de Prevención de Salud Renal Comunitaria de la referida Oficina.
Para que la Cámara de Representantes de Puerto Rico exprese su rechazo, censura y repudio a la campaña realizada por congresistas y líderes políticos en Washington, D.C. en contra del proyecto H.R. 2499 utilizando argumentos que son denigrantes para el pueblo de Puerto Rico y que atentan contra la dignidad y el honor de esta comunidad de ciudadanos americanos.
Para ordenar a la Comisión de Sistemas de Retiro del Servicio Público de la Cámara de Representantes de Puerto Rico investigue, haga estudios y recomendaciones sobre las causas para que se paralicen los préstamos y/o se reduzcan éstos en la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, con el fin de enmendar, si es necesario, la Ley o leyes y reglamentos que rigen dichos Sistemas.
Para felicitar a nombre de la Cámara de Representantes de Puerto Rico al talentoso artista puertorriqueño Chayanne por su destacada trayectoria artística, por todos los logros obtenidos a lo largo de su carrera profesional y especialmente por su siempre poner el nombre de Puerto Rico en alto.